El FROB como Autoridad nacional de resolución ejecutiva
El FROB fue creado en 2009 y hasta 2015 sufrió una serie de cambios organizativos y operativos para dar respuesta a las diferentes fases de la crisis financiera iniciada en España en 2008. En esos años, su actividad se centró, principalmente, en dar apoyo financiero a entidades en dificultades, movilizando para ello recursos públicos. Aunque el FROB continúa teniendo otras funciones derivadas de los procesos ya acometidos en etapas anteriores, que incluye fundamentalmente el seguimiento de las participaciones en BFA y Sareb, así como de las garantías otorgadas en procesos de venta anteriores, la aprobación de la Ley 11/2015 culminó la transformación de la estructura organizativa, de gobernanza y funciones del FROB.
En efecto, la Ley 11/2015 otorgó al FROB nuevas funciones como autoridad de resolución en fase ejecutiva dentro del MUR europeo y colaborando con las autoridades preventivas españolas (Banco de España y CNMV), dentro del marco institucional español, con un mandato de proteger la estabilidad financiera y minimizar el impacto, sobre la economía real y el contribuyente, de cualquier inviabilidad futura de una entidad.
En este sentido, además de contar con funciones consultivas en la fase de planificación, es responsable del ejercicio directo de las competencias de ejecución de resolución para las entidades de crédito no significativas y empresas de servicios de inversión. También se encarga de la ejecución de las decisiones de resolución adoptadas por la Junta Única de Resolución (JUR), autoridad central del Mecanismo Único de Resolución, para entidades establecidas en España y ejerce la representación española en la JUR y participa en sus diferentes grupos de trabajo.
En el ámbito internacional, el FROB, como autoridad de contacto y de coordinación, participa en los distintos comités y grupos de autoridades de resolución internacionales, contribuyendo a definir sólidos estándares de resolución a nivel internacional y europeo. De este modo, participa en comités y grupos de trabajo del Consejo de Estabilidad Financiera, Autoridad Bancaria Europa o Junta Única de Resolución.